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- Tipos de autorización de residencia.
- Autorización de residencia temporal.
- Autorización de residencia permanente.
- Autorización de residencia por circunstancias especiales.
- La reagrupación familiar.
- La residencia de hijos nacidos en España de extranjeros.
- Renovación de la autorización de residencia.
- Extinción del permiso de residencia.
Tipos de autorización de residencia
En España se pueden conceder actualmente los siguientes tipos de autorización de residencia:
Autorización de residencia temporal
Este tipo de autorización de residencia permite la permanencia de los extranjeros en España por más de 90 días y menos de 5 años. Está previsto para las personas que no vayan a realizar ninguna actividad lucrativa y para obtenerla el interesado debe solicitar el visado correspondiente en la misión diplomática u oficina consular española en su lugar de residencia. Una vez que se conceda el visado, debe ser recogido de forma personal por el interesado en el término de 1 mes a partir de que se le notifique su concesión. En caso de que no se haga a tiempo, se asume que el interesado renuncia al visado y se procederá a archivar el expediente.
El extranjero deberá ingresar a territorio español dentro del plazo de vigencia de la visa que no excederá los 3 meses, una vez que lo haga, debe solicitar de forma personal y dentro de 1 mes la llamada Tarjeta de Identidad del Extranjero que se expedirá por el plazo de validez de la autorización de residencia temporal que se le haya otorgado.
La autorización inicial de residencia temporal, que será válida por 1 año, se podrá prorrogar vía solicitud de su renovación, hasta llegar a un máximo de 5 años. A continuación se enumeran un grupo de documentos que deberán ser presentados junto con la solicitud para obtener tanto el visado, como la autorización de residencia temporal:
La solicitud oficial se distribuye de manera gratuita.
Autorización de residencia permanente
A partir de que se haya permanecido en España con residencia legal y continuada por 5 años o más, se tiene derecho a residir indefinidamente en España. Además se adquiere el derecho a trabajar sin limitantes en las mismas condiciones que cualquier ciudadano español. Residencia continuada significa que el interesado no se ausentará del país por más de 6 meses seguidos y que la suma del tiempo de los períodos de ausencia no supere 1 año dentro de los 5 años de residencia necesarios.
Este tipo de autorización de residencia se puede conceder a extranjeros que cumplan con cualquiera de los siguientes requisitos:
Junto a la solicitud de residencia permanente, deben presentarse los documentos donde se argumente la causa de dicha solicitud. A partir de la solicitud, el procedimiento se resolverá en un plazo de 3 meses y una vez que le sea notificada dicha resolución, el interesado dispone de 1 mes para solicitar la Tarjeta de Identificación de Extranjero. Los titulares de esta autorización de residencia permanente deben solicitar su renovación cada 5 años, con 60 días de antelación a la fecha en que caduque la validez de la tarjeta y abonando las tasa correspondientes.
Autorización de residencia por circunstancias especiales
Las autorizaciones de residencia temporal pueden otorgarse en circunstancias excepcionales. Dichas circunstancias se enumeran a continuación:
Para obtener la autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales no es necesaria la solicitud de visado y debe ser solicitada directamente por el extranjero. Dicha solicitud se hace mediante documento oficial y se debe acompañar de los siguientes documentos:
El interesado dispone de 1 mes desde que se le notifique la concesión de la autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales para solicitar la Tarjeta de Identidad de Extranjero.
La reagrupación familiar es un derecho que tienen todos los extranjeros con residencia legal en España que les permite traer a sus parientes más directos a territorio español. Estos parientes pueden ser:
Para acogerse a esta modalidad el extranjero debe solicitar una autorización de residencia por reagrupación familiar a nombre de los familiares que desee reagrupar. Deberá demostrar que posee alojamiento adecuado y medios de subsistencia que le permitan hacer frente a las necesidades de los familiares una vez reagrupados.
Para realizar dicha solicitud, el interesado debe haber residido en territorio español por lo menos 1 año de manera legal y tener permiso para residir durante al menos 1 año más. Una vez aceptada la solicitud de reagrupación familiar, los familiares que vayan a reagruparse recibirán la autorización de residencia que emiten las autoridades correspondientes. Dicha autorización será válida mientras tenga validez la autorización de residencia del reagrupante.
El cónyuge puede obtener un permiso de residencia independiente del reagrupante si obtiene un permiso de trabajo o si prueba haber residido en territorio español con su cónyuge, por lo menos durante 2 años. Este plazo puede ser menor en caso de existir circunstancias familiares que lo justifiquen.
Los hijos del reagrupante pueden obtener un permiso de residencia independiente cuando lleguen a la mayoría de edad y obtengan autorización para trabajar.
En cualquier caso, antes de que el familiar del extranjero presente la solicitud de visa por reagrupación familiar, este último debe solicitar un informe acreditativo ante las autoridades gobernativas de la provincia donde reside, que certifique que reúne las condiciones exigidas y de que su permiso de residencia esté renovado. La solicitud de dicho informe se hace mediante el modelo oficial dirigido a la Oficina de Extranjeros o a la Comisaría de Policía de su lugar de residencia. A tal solicitud debe adjuntarse la documentación que certifique que se cumplen todos los requisitos para la solicitud de reagrupación.
La residencia de hijos nacidos en España de extranjeros
Los hijos de extranjeros que residan en España, nacidos en territorio español adquieren automáticamente el tipo de permiso de residencia que ostente cualquiera de sus padres. Para ello no es necesaria la obtención de exención de visado.
Renovación de la autorización de residencia
La autorización de residencia podrá renovarse en caso de que las condiciones personales y económicas del extranjero no cambien o se produzcan otras que avalen también la renovación del permiso.
Tal renovación debe ser solicitada de forma personal por el interesado con 60 días naturales de antelación a la fecha límite del vencimiento de la autorización que ya posee. Y la presentación de esta solicitud implica que se prorrogue automáticamente la validez de la autorización que posee hasta que el expediente sea resuelto.
Extinción del permiso de residencia
La validez del permiso de residencia se extinguirá por alguna de las siguientes causas:
El cónyuge que haya obtenido residencia en España por causa familiar (y sus familiares con él agrupados) no perderán el permiso de residencia aunque se disuelva el vínculo matrimonial en virtud del cual obtuvo dicha residencia
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